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Título |
Resolucion 2455 de 2008 |
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Fecha |
07/07/2008 |
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Organismo |
Ministerio de la Protección Social |
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Normatividad |
Resolución |
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Resumen |
Por medio de la cual se adopto el anexo técnico para el Registro Unico de Afiliados RUAF.
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Comentarios |
Modificada por la Resolución 3755 de 2008, publicada en el Diario Oficial No. 47.136 de 8 de octubre de 2008, "Por la cual se modifica la Resolución 2455 de 2008 y se dictan otras disposiciones" |
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Título |
Resolución 2377 de 2008 |
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Fecha |
25/06/2008 |
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Organismo |
Ministerio de la Protección Social |
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Normatividad |
Resolución |
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Resumen |
Ministerio de la Protección Social, modificó la Resolución 1747 de 2008 y se dictan otras disposiciones, entre las cuales se destacan:
Se mantiene el plazo del 1 de julio para la obligatoriedad en el uso de planilla por parte de los trabajadores independientes.
Se amplia el plazo que le permite a aportantes exceptuados hoy de planilla integrada (Pagos de UPC adicional y correcciones de liquidaciones de aportes períodos anteriores a octubre de 2008) pagar por medios diferentes al electrónico hasta el día 1 de octubre indicando en la planilla la expresión "exceptuado PILA"
Se indica como plazo para los ajustes que requiera realizarse a los sistemas de los operadores de información y de las administradoras en cuanto a la implementación de la presente Resolución, antes del 25 de agosto de 2008.
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Título |
Decreto 2060 DE 2008 |
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Fecha |
11/06/2008 |
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Organismo |
Ministerio de la Protección Social |
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Normatividad |
Decreto |
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Resumen |
mediante la cual se reglamenta parcialmente el artículo 40 de la Ley 1151 de 2007, donde se contempla la afiliación única electrónica, la cual la realiza el empleador persona natural que cuenten con trabajadores cuya labor se pacte y se preste por uno o unos días y que, en todo caso, resulten inferiores a un mes., mediante el formulario único de afiliación electrónica que forma parte de la PILA, para vincular a sus trabajadores a las coberturas sociales de salud-régimen subsidiado, mediante el pago de la contribución de la solidaridad en salud, a un ahorro programado de largo plazo, a través de la aporte social complementario y al sistema general de riesgos profesionales a través del pago de al cotización al que se refiere el artículo 16 del Decreto 1295 de 1994, es decir durante la vigencia de la relación laboral, los empleadores deberán efectuar las cotizaciones obligatorias al Sistema General de Riesgos Profesionales.
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Título |
Resolución 1747 de 2008 |
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Fecha |
23/05/2008 |
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Organismo |
Ministerio de la Protección Social |
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Normatividad |
Resolución |
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Resumen |
Modificó la Resolución 634 de 2006 y se adoptó el diseño y contenido para el Formulario Unico o Planilla Integrada de Liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y de aportes parafiscales.
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Comentarios |
Modificada por la Resolución 2249 de 2009, publicada en el Diario Oficial No. 47.398 de 2 de julio de 2009, "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por las Resoluciones 2377 de 2008, 199, 990 y 1184 de 2009 y se dictan otras disposiciones"
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Título |
Resolución 01457 de 2008 COMITE PARITARIO DE SALUD |
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Fecha |
06/05/2008 |
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Organismo |
Ministerio de la Protección Social |
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Normatividad |
Resolución |
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Resumen |
El Ministerio de la Protección Social derogó la Resolución 1157 de 2008, mediante la cual se había eliminado la obligación a cargo del empleador, de registrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional ante el Ministerio de la Protección.
Dado lo anterior, el empleador esta obligado a registrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía Ocupacional ante el Ministerio de la Protección Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-Ley 1295 de 1994.
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